Los interinos deben tener derecho a excedencia voluntaria igual que los funcionarios de carrera

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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), ha dictaminado que un trabajador público con contrato de duración determinada en un mandato parlamentario, tiene el mismo derecho al permiso especial que los funcionarios. Es decir, los interinos pueden pedir una excedencia para desempeñar un cargo político y reincorporarse de nuevo a su puesto.

La justicia europea discrepa de la decisión tomada por la Consejería de Hacienda y Sector Público del Gobierno del Principado de Asturias, que rechaza la petición de excedencia de la interina Margarita Isabel Vega González, bajo la normativa española.

La demandante trabajaba como funcionaria interina en la Administración del Principado desde el 2011 para sustituir a otra trabajadora. En mayo de 2015, fue elegida diputada en las elecciones a la Junta General, con lo que solicitó a la Administración autonómica que se le declarara en situación de servicios especiales o en situación de excedencia voluntaria para dedicarse a sus funciones parlamentarias en régimen de dedicación exclusiva. Esta solicitud fue denegada, ya que, según la normativa española, solo pueden ser declarados en situación de servicios especiales o de excedencia voluntaria los funcionarios de carrera.

Ante esta situación, el TJUE ha declarado que «no podrá tratarse a los trabajadores con un contrato de duración determinada de una manera menos favorable que a los trabajadores fijos comparables por el mero hecho de tener un contrato de duración determinada, a menos que un trato diferente esté justificado por razones objetivas».

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