¿Cómo se hace la nómina de un trabajador por cuenta ajena?

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Nómina

En anteriores artículos hablamos sobre cómo es la estructura de la nómina de un trabajador por cuenta ajena. En el artículo de hoy hablaremos de cómo hacer la nómina para estos trabajadores.

Para muchos autónomos, elaborar una nómina es uno de los principales retos ante los que se encuentran. Una labor frente a la que surgen muchas incógnitas.

El plazo de entrega y pago de las nóminas es uno de los puntos más importantes para el correcto funcionamiento de un negocio. Es el resultado que obtiene el trabajador por sus rendimientos de trabajo.

La legislación vigente, con la Orden ESS/2098/2014, de 6 de noviembre, establece un formato de nómina.

Salario bruto

El salario bruto es uno de los conceptos principales de una nómina. Éste hace referencia a la cuantía total de la misma, sin retenciones del IRPF y cotizaciones a la Seguridad Social.

Según el artículo 26 del Estatuto de los Trabajadores, el salario bruto está compuesto por lo siguiente:

Percepciones salariales

Las percepciones salariales se refieren al salario base, horas extraordinarias, salarios en especie y pagas extraordinarias de las que se tiene que hacer cargo el autónomo o sociedad empleadores.

Por norma general, estas percepciones cotizan en la Seguridad Social. Además, están determinadas por el convenio colectivo de la actividad que se desarrolla. No obstante, se puede estipular, previa negociación con la empresa, cuantías superiores a las marcadas en el convenio.

Estas cuantías dependerán de factores tales como la cualificación del trabajador y de la competencia que exista en su puesto de trabajo dentro del mercado laboral.

El salario condiciona los siguientes aspectos:

  • La base imponible a efectos de tributación.
  • La cuantía de la indemnización en casos de extinción de la relación laboral.
  • La cuantía de los medios de protección que garantizan el estado de bienestar, esto es prestación por desempleo, jubilación, etc.

Percepciones extrasalariales o no salariales

Las percepciones extrasalariales son las cantidades recibidas por prestaciones o indemnizaciones de la Seguridad Social, indemnizaciones por gastos relacionados con la actividad como prendas de trabajo, dietas por viajes o gastos de locomoción, así como indemnizaciones por traslados, despidos o suspensiones

Estas corren a cargo de la empresa o de la propia Administración y no cotizan en la Seguridad Social.

Salario neto

El salario neto se refiere al salario real. En otras palabras, es la cantidad que percibe el trabajador a la hora de cobrar la nómina.

Este, es el resultado de restar la suma de las cotizaciones a la Seguridad Social y las retenciones del IRPF.

Cotizaciones a la seguridad social

El empresario es quien asume la mayor parte de las cotizaciones a la Seguridad Social. A la hora de calcular dichas cotizaciones, influirán los siguientes aspectos:

  • Salario bruto anual
  • Tipo de contrato de trabajo
  • Tipo de jornada
  • Edad del trabajador
  • Número de pagas

Cotizaciones para la empresa

Como es el empresario el que asume la mayor parte de los costes en materia de cotización a Seguridad Social, deberá saber cómo se realiza este ingreso. Este, se realiza en el momento en el que se abona la nómina. No obstante, hay que descontar cuatro partidas que hay que tener en cuenta a la hora de contratar a un trabajador:

  • Por contingencias comunes: Este concepto cotiza al tipo 23,60% del sueldo bruto.
  • Cotización por desempleo: Cotiza al 5,50% en contratos indefinidos y 6,70% en contratos temporales.
  • Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales: el porcentaje depende de las tablas de cotización para cada actividad, pudiendo oscilar entre el 1% para trabajadores de oficina, el 1,85% en el comercio al por menor, el 3,60% en actividades de limpieza y seguridad y el 6,70% en actividades de alta riesgo como la construcción o el transporte por carretera.
  • Cotización por formación profesional: al tipo 0,60%
  • Cotización al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa): al tipo 0,20%

Bonificaciones a la contratación

Existen algunas bonificaciones que sirven para amortizar los costes de las cotizaciones a la Seguridad Social. De esta manera, se favorece la contratación de determinados tipos de trabajadores.

Cotizaciones a la Seguridad Social a cargo del trabajador

Se compone de tres partidas. Son las siguientes:

  • Contingencias comunes: al tipo 4,70% del sueldo bruto
  • Cotización por formación: al tipo 0,10%
  • Cotización por desempleo: al tipo 1,55% en contratos indefinidos, 1,60% en contratos temporales), lo que en total supone un 6,35% del sueldo bruto

Retenciones en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

El porcentaje de retención en el IRPF es variable. Influyen variables tales como el volumen de ingresos a deducir de la nómina y que el empresario tiene que ingresar de manera trimestral. Esto es únicamente un anticipo del IRPF a cuenta del trabajador y sus circunstancias personales:

  • Estado civil e ingresos del cónyuge
  • Año de nacimiento
  • Grado de discapacidad
  • Descendientes y Ascendientes
  • Pagos de préstamos por vivienda habitual

Si te resulta complicado y difícil gestionar las nóminas, no olvides que siempre puedes recurrir a un servicio de gestoría y/o asesoría.

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