¿Cómo pueden acogerse los autónomos al nuevo cese de actividad?

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Nuevo cese de actividad

Con la puesta en marcha de este nuevo cese de actividad, en Infodespachos creemos necesario poner al tanto a los autónomos sobre lo que tienen que hacer para poder solicitarla adecuadamente.

Durante los próximos tres meses los trabajadores por cuenta propia podrán acogerse al nuevo cese de actividad. Este cese de actividad consistirá básicamente en una bonificación de las cuotas a la Seguridad Social durante los meses de julio, agosto y septiembre.

Los beneficiarios no tendrán la necesidad de solicitar un nuevo cese, la Administración actuará de oficio. En otras palabras, si ya disfrutaban del cese de actividad hasta el 30 de junio, podrán disponer de esta bonificación de las cuotas.

¿Cómo te puedes acoger al nuevo cese de actividad?

Para poder acogerte a este cese de actividad hay que cumplir una serie de requisitos:

  • En primer lugar, aquellos autónomos que no han cotizado un mínimo de 12 meses, quedan excluidos.
  • Asimismo, igual sucede con aquellos que estén en régimen de pluriactividad o disfruten de la tarifa plana.
  • El principal requisito a cumplir es que los autónomos que quieran acogerse a esta nueva ayuda estén al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social.

 

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